FINANZAS-Contrato – Emed

Contrato de Formación Académica

En Santiago, CENTRO DE ESTUDIOS DE MEDIACION S.A. Sociedad Anónima, con domicilio en Calle Merced 22 of 702 Santiago, Chile, objeto social: Asesoría, capacitación y prestación de servicios técnicos y profesionales, e inclusive a través de medios o procedimientos electrónicos, vía internet, correo electrónico, o de los denominados de aprendizaje electrónico o “e-learning”. Representada legalmente por Claudia Tassara Soto según Escritura Pública suscrita ante NOTARIO MARÍA SOLEDAD SANTOS titular de la SÉPTIMA Notaría de Santiago, con oficio en calle de HUÉRFANOS # 1160, fecha 16 de SEPTIEMBRE del 2009. EL TITULAR declara ser una persona física, mayor de edad, con capacidad legal, o en su caso, jurídica legalmente constituida, para obligarse en este contrato y cuya información suministrada es verídica.

PRIMERO: ANTECEDENTES

Centro de Estudios de Mediación S.A, pionero en la Mediación en nuestro país, esta comprometido con la formación de profesionales en las diferentes áreas de la mediación, otorgándoles herramientas teóricas y prácticas acordes a las necesidades de nuestra sociedad.

SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO

El presente contrato de capacitación define los derechos y obligaciones del Alumno y de Centro de Estudios de Mediación S.A. El Reglamento Académico entregado al titular forma parte integrante de este contrato el cual el alumno declara conocer y aceptar.

TERCERO: CONDICIONES GENERALES

Orientación Académica El Titular declara haber recibido orientación académica en el proceso de inscripción y haber resuelto todas sus inquietudes respecto a contenidos académicos, fechas de inicio y término del programa de capacitación que contrata, campo ocupacional, certificación y todo lo concerniente a servicio contratado, estando plenamente de acuerdo con lo ofertado.

La institución no se hace responsable del cumplimiento de los requisitos por parte del titular para los procesos de inscripción en los diversos registros de mediación, será de cargo del titular verificar su situación personal en tal sentido.

Canales formales de comunicación Se deja constancia que Centro de Estudios de Mediación solo se hace cargo de la información entregada a través de sus canales formales, esto es sitio web, marketing digital o correo electrónico, entendiendo que éstos son los conductos oficiales de comunicación. Se deja constancia que la comunicación vía telefónica o vía whatsapp u otro medio no constituyen información oficial entregada al Titular.

Pago de matrícula y arancel El Titular acepta pagar el arancel y matricula vigente para la capacitación contratada, según información otorgada por la institución a través de sus canales oficiales. El Titular se compromete a formalizar el pago de la matrícula y arancel antes de la fecha de inicio del programa contratado. Para efectos de lo anterior, se enviará a través de Finanzas un correo recordatorio. Junto con el pago se emitirá la factura correspondiente.

Devolución de matrícula o arancel La devolución de la matrícula y el arancel solo procede en caso de cancelación de la actividad de capacitación, esto es que dicha actividad no sea reprogramada para una nueva fecha. En caso de postergación de la actividad, esto es, reprogramación para una nueva fecha, el titular podrá a su arbitrio solicitar una de las siguientes opciones. 1 Reembolso del valor de ticket aéreo, enviando el respectivo comprobante de pago. 2 Utilizar el valor pagado para cursar otro programa de capacitación sin costo adicional, aún cuando hubiese diferencia en los aranceles. 3 Reembolso del total del valor pagado por concepto de matrícula y arancel. En caso de solicitar la alternativa n° 3, dicho valor se restituirá dentro del plazo máximo de 30 día hábiles.

No procederá en caso alguno restitución de matrícula o arancel por causas imputables al titular.

La no asistencia del titular a clases (en los casos que sea procedente según la modalidad del programa) NO exime del compromiso de pago, ni da derecho a reembolso, siendo la asistencia a clases de responsabilidad exclusiva de El titular, especialmente por estar disponible toda la infraestructura para la prestación del servicio. Sin perjuicio de lo anterior, (en los casos que sea procedente según la modalidad del programa) le asistirá el derecho al titular de re-agendar la cátedra que por motivos personales no pueda asistir a través de Coordinación Académica efectuando un pago de 3 UF por cátedra.

Programación y reprogramación de clases presenciales para capacitaciones presenciales y semipresenciales (no aplica a capacitaciones a distancia o e-learning)

El titular recibirá una solicitud de suscripción de compromiso de asistencia con a lo menos 20 días antes de las clases presenciales. Una vez suscrito dicho compromiso le asistirá la obligación de presentarse a las clases presenciales. La no asistencia a clases presenciales, una vez suscrito el compromiso de asistencia, dará el derecho a Centro de Estudios de Mediación a solicitar el pago de 3 UF por Cátedra al reprogramar su actividad.

El titular tendrá el plazo de 12 meses para completar su capacitación sin cobro adicional, (siempre que no haya firmado compromiso de asistencia) eligiendo dentro de ese periodo cualquiera de los ciclos presenciales disponibles al efecto. Transcurrido dicho plazo el titular deberá cancelar el 50% del arancel vigente al momento de retomar su capacitación. Dicha opción permanecerá vigente por el plazo de 3 años. Transcurrido los 3 años prescribirá para el titular la opción de reprogramar su actividad considerándose para todos los efectos como un nuevo titular. Declaro que es de mi conocimiento que luego de este plazo, caducara mi opción de formación, debiendo re iniciar el proceso de incorporación desde cero, pagando un arancel completo.

CUARTO: RESOLUCION DE CONFLICTOS

El titular declara expresamente que conoce, acepta y compromete a respetar íntegramente los principios de resolución pacífica y colaborativa que infunden nuestro quehacer formativo. En tal sentido toda discrepancia con la interpretación del presente contrato o con el desarrollo de la actividad, será resuelta a través de procesos de diálogos, en el marco del respeto mutuo a través de instancias formales canalizadas con la coordinadora académica de la institución. En caso que dicha instancia no sea satisfactoria para el titular, le asistirá el derecho de solicitar un proceso de mediación a la Institución. Dicho proceso de mediación podrá realizarse de manera presencial o a través de video conferencia. Los honorarios del mediador para tal efecto serán de $30.000 por sesión de 40 minutos y se pagarán en forma conjunta por la institución y el titular por partes iguales.

El mediador será designado de la lista de docentes mediadores que la institución mantiene publicado en su sitio web.

El titular en el marco de su interés formativo, esto es la adquisición de herramientas de solución pacífica y colaborativa se compromete a no iniciar otras instancias legales sin previa frustración del proceso de mediación por no acuerdo de las partes con al menos una sesión efectiva.

Cesión de Derechos Las obligaciones y derechos que se deriven del presente contrato en favor de el titular no podrán cederse ni subrogarse parcial o totalmente a favor de otra persona. Esto significa, además, que ninguna otra persona pueda asistir a las clases en lugar del titular.

Aprobación del Programa El éxito del programa depende 100% de la aplicación, dedicación e interés que le dé el beneficiario a la metodología desarrollada por Centro de Estudios de Mediación, Emed S.A y el cumplimiento de los requisitos académicos establecidos en el.

Factorización de documentos

El titular declara tener conocimiento en caso de pago con documentos a plazo, que estos podrán ser factorizados ante la entidad financiera que EMED S.A. determine. En caso de mora, simple retardo o protesto el estudiante asumirá los gastos de cobranza e interés que cobre la institución financiera. En este caso EMED S. A. retendrá la entrega de los documentos que acrediten la certificación del Diplomado hasta la regularización del arancel. El Titular declara tener conocimiento que al momento de la entrega del certificado de aprobación y diploma el arancel debe estar al día: esto es documentado con cheques y pagados los que su fecha hayan expirado. En caso que exista protesto de un documento el certificado y diploma se retendrá hasta el pago íntegro y total de todos los documentos a fecha posterior más los gastos de cobranza en que incurra con ocasión de protesto.

La suscripción del presente contrato se efectúa bajo las normas de artículo 2, letra F y artículo 3 de La Ley 19799 “de documentos electrónicos, firma electrónica y los servicios de certificación de dicha firma”.

Declara el titular haber recibido copia del mismo y manifiesta su conformidad con los términos en el contenido una vez leído y suscrito electrónicamente.

QUINTO: DOMICILIO

Para los efectos legales derivados del presente contrato, las partes fijan domicilio en la ciudad de Santiago.

    INDIVIDUALIZACIÓN DEL TITULAR

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